
Instalaciones eléctricas de baja y, cuando se cuente con la capacidad correspondiente, media tensión; canalizaciones; cableado; tableros eléctricos; centros de carga; alimentadores; contactos y fuerza; iluminación interior y exterior; luminarias industriales; tierras físicas; sistemas de protección; instalación de transformadores y equipos mediante especialistas autorizados cuando corresponda; mantenimiento; rehabilitación; ampliaciones; pruebas y puesta en servicio.

